Modelo de Prevención de Infracciones (MPI)
Sistema de gobernanza que incluye protocolos de respuesta a incidentes.
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La Ley N° 21.719 obliga a notificar vulneraciones de datos a la Agencia de Protección de Datos 'sin dilaciones indebidas'. Asimismo, la Ley N° 21.663 exige que los OIV y prestadores de servicios esenciales reporten incidentes significativos a la ANCI. En un escenario de crisis, una respuesta legal tardía o mal ejecutada transforma un problema técnico en una infracción gravísima. Mitigar el impacto reputacional y financiero de una brecha de seguridad depende enteramente de las decisiones que se tomen en las primeras horas.
Te entregamos un acompañamiento legal estratégico y de reacción rápida para enfrentar incidentes de ciberseguridad, asegurando el cumplimiento estricto de las obligaciones impuestas por la Ley N° 21.719 y la Ley Marco de Ciberseguridad N° 21.663. No dejamos espacio a la improvisación: preparamos a tu organización de forma preventiva y, ante una crisis, nos convertimos en el escudo jurídico que coordina la emergencia.
Diseñamos contigo el plan legal de respuesta a incidentes antes de que ocurran, con roles, plazos y canales definidos.
Coordinamos la respuesta legal junto a tu equipo de TI y comunicaciones desde el primer minuto, alineando la estrategia técnica con la legal.
Preparamos y gestionamos las notificaciones a la Agencia de Protección de Datos y, cuando corresponda, a la ANCI y a los titulares afectados, cumpliendo los plazos de cada normativa.
Documentamos la trazabilidad del incidente y las medidas adoptadas para reducir tu exposición frente a una eventual fiscalización.
Trabajamos con tiempos de respuesta definidos para incidentes activos.
Nos integramos con tu equipo de TI o con peritos externos para que la respuesta legal y técnica avance en paralelo.
Una respuesta documentada y oportuna actúa como atenuante reconocido por la propia ley en caso de sanción.
Décadas de experiencia acumulada en protección de datos, ciberseguridad y derecho de las tecnologías.
Complementa tu estrategia con estos servicios adicionales.
Sistema de gobernanza que incluye protocolos de respuesta a incidentes.
Ver servicioDefensa ante multas y conflictos contractuales.
Ver servicioApoyo legal continuo para tu Delegado de Protección de Datos.
Ver servicioDepende de la normativa aplicable. Bajo la Ley N° 21.719, es cualquier evento que afecte la confidencialidad, disponibilidad o integridad de datos personales: filtraciones, accesos no autorizados, pérdida de información, ransomware o errores de configuración que expongan datos. La obligación de notificar nace cuando el incidente afecta o pueda afectar a personas naturales identificables. Bajo la Ley N° 21.663, el concepto es más amplio: un "incidente de ciberseguridad significativo" puede involucrar cualquier ataque o evento que comprometa sistemas o servicios críticos, aunque no haya datos personales involucrados. Si tu organización es OIV o prestador de servicios esenciales, ambas obligaciones pueden activarse simultáneamente.
Depende de la ley que aplica y de tu tipo de organización. La Ley N° 21.719 exige notificar a la Agencia de Protección de Datos "sin dilaciones indebidas" y por los medios más expeditos posibles. La Ley N° 21.663 establece plazos más estrictos para OIV y prestadores de servicios esenciales, que deben reportar incidentes significativos a la ANCI en los términos que fija su reglamento. En ambos casos, la omisión deliberada es infracción gravísima. Te orientamos sobre los plazos concretos aplicables a tu caso desde el primer contacto.
Sí. Trabajamos con plazos de urgencia. Si tu empresa ya está enfrentando un incidente, coordinamos una reunión inmediata para activar la respuesta dentro del plazo legal.